Las empresas que no pudieron cubrir con ese derecho, recurrieron a los acuerdos con el personal
El subsecretario de Trabajo, Agustín Menéndez Reyes, informó que las empresas tuvieron que ajustarse para cumplir con el pago de los aguinaldos a los empleados y otras, al no contar con los ingresos por el año complicado derivado por la pandemia, llegaron a la conciliación con el personal.
“La Ley Federal de Trabajo no establece como tal que, por la situación actual de la pandemia, la empresa pueda optar por una alternativa para cumplir esta obligación. La ley es muy clara: los patrones tienes hasta el 20 de diciembre para cumplir con el pago de aguinaldo. También puede haber un acuerdo de voluntades entre patrón y trabajador para poder ir cumpliendo con esta obligación y haya empatía entre los empleados sin que mermen los derechos, pero entendiendo la situación financiera por la que pasaron las empresas”, expuso.
Insistió que la Ley Federal no establece ninguna prórroga para el pago de la prestación laboral, que debe ser 15 días de salarios por el año completo trabajado.
Sin embargo, algunas consideraciones que se deben tomar en cuenta. “Si fuese un trabajador que no ha cumplido el año se le pagará la parte proporcional. Aquellos que, hayan rescindido su relación laboral antes del mes de diciembre, también deberán recibir como parte de este finiquito la parte proporcional del aguinaldo”, añadió.
En Yucatán, señaló, las empresas comienzan a pagar el aguinaldo en la primera quincena de noviembre y para la primera quincena de diciembre, ya cumplir con la totalidad de esta obligación.
Ante alguna irregularidad en el pago del aguinaldo, los trabajadores tienen 12 meses para recurrir a la Procuraduría Local de la Defensa del Trabajo, donde le brindarán la asesoría gratuita.