Después de ser encontrado penalmente responsable del delito de violencia familiar y violación a las órdenes de protección, E.M.C.T. fue sentenciado a dos años y cinco meses de prisión a través de un procedimiento abreviado, donde la Fiscalía General del Estado (FGE) aportó los datos de prueba que obran en la carpeta de investigación de la causa penal 171/2023.
En el juicio realizado en el Centro de Justicia Oral de Mérida, el Juez Segundo de Control del Primer Distrito valoró los datos de prueba aportados por los fiscales de litigación y otorgó el fallo condenatorio y la pena privativa de la libertad del acusado.
De los hechos, los fiscales establecieron que el 19 de mayo del año 2023, el encausado se presentó al domicilio de su ex pareja sentimental y la agredió de manera física y verbal, por lo que la víctima solicitó auxilio policial para lograr su detención.
Con esta acción, el acusado también violó las órdenes de protección decretadas en abril del mismo año a favor de la víctima, mismas que le fueron notificadas en su momento y que le prohibían acercarse a la agraviada, a su domicilio y lugares que frecuente.
Además de la pena de prisión, el sentenciado recibió amonestación pública, le fueron suspendidos sus derechos políticos y no podrá acercarse a la víctima y domicilio por tres años más después de salir de prisión.
Por último, antes de concluir la diligencia, se renunció al plazo para interponer recursos, por lo que quedan en firme las penas señaladas.