Nunca se sabe cuándo concluirá nuestro paso por este mundo, por eso, es mejor tener cuentas claras para evitar problemas a nuestros familiares al fallecer. La pérdida de un ser querido es uno de los momentos más dolorosos, pero es indispensable pensar en las deudas que dejo pendientes.
Algunas obligaciones financieras no desaparecen cuando fallece el titular de la deuda, por ejemplo, cuando un contribuyente muere el familiar más cercano debe acudir al Servicio de Administración Tributaria para dar de baja su Registro Federal de Causante, para que no siga generando impuestos, pero si dejo pendiente un adeudo con el fisco, la autoridad hacendaria cobrará la deuda a la familia, incluso, podría embargar sus bienes.
Algo similar, agregó, sucede cuando alguien sirvió de aval para la contratación de un préstamo, porque al fallecer el titular, la institución crediticia cobrará el saldo a quien firmó como garantía de pago del empréstito.
Cuando se contrata un crédito hipotecario, se compra un automóvil o tarjeta de crédito esos instrumentos financieros cuentan con seguro de vida, basta con que el familiar demuestre el fallecimiento del titular, para que la deuda queda cancelada, manifestó la Especialista en Finanzas Marisol Cen Caamal.
Los mismo sucede si el crédito hipotecario se contrató con el INFONAVIT o FOVISSTE, es decir, la deuda queda cancelada cuando fallece el titular; sin embargo, cuando el financiamiento es conyugal, solo se liquida la parte proporcional del adeudo del finado.
En cuanto a la tarjeta de crédito, mientras se avise en el plazo de los 180 días establecidos por la ley, después del fallecimiento del titular, y se presente la solicitud, la deuda queda cancelada. En el caso de que algún familiar tenga una tarjeta adicional y realice compras después del fallecimiento del titular, el banco cobrará la deuda adquirida a quien hizo las operaciones.
Cada institución solicita los documentos que necesita para cancelar la deuda, pero por lo general son el acta de defunción, la identificación del fallecido y de quien realice el trámite, entre otros que soliciten.
Para evitar problemas a sus familiares luego de su fallecimiento, es mejor saldar sus deudas en vida, para no heredar cargas financieras.