¡Ojo! Si tus depósitos en efectivo superan la cantidad de 15 mil pesos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá tomar cartas en el asunto, esto debido a que se deben declarar, de acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Regla 3.5.13.
El SAT detalla que las Instituciones del Sistema Financiero deberán declarar los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes en las instituciones, toda vez que el monto mensual acumulado exceda los 15 mil pesos mexicanos.
En ese mismo sentido, también aplicará respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
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Este informe se debe presentar a más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda. Asimismo, esto obedece al objetivo de cumplir con la obligación establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
¿Qué se entiende por ‘depósito en efectivo’?
Los depósitos en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta que las personas físicas o morales tengan a su nombre en las Instituciones del Sistema Financiero, así como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
Por otra parte, no se considerarán así los que se efectúen a favor de personas físicas o morales mediante transferencias electrónicas o traspasos de cuentas en los términos de las leyes aplicables, aun cuando sean a cargo de la misma Institución que los reciba.
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