La Sala Colegiada Penal y Civil del Tribunal Superior de Justicia confirmó el fallo de culpabilidad a una persona sentenciada en primera instancia por el Tribunal Segundo de Enjuiciamiento del Poder Judicial del Estado, como responsable del delito de feminicidio en grado de tentativa.
En una audiencia virtual que se realizó a través de medios digitales, los Magistrados integrantes de la Sala, Magistrada Primera Ligia Aurora Cortés Ortega; Magistrado Segundo Luis Felipe Esperón Villanueva y Magistrado Tercero Marcos Alejandro Celis Quintal, resolvieron, por unanimidad de votos, confirmar el fallo y modificar la individualización de sanciones.
Cabe apuntar que, argumentando que el Tribunal de Enjuiciamiento no hizo una correcta valoración de las pruebas durante el juicio, el hoy sentenciado interpuso el recurso de apelación en contra de la sentencia de primera instancia dictada el 30 de abril de 2021 en la que fue sentenciado a pena privativa de libertad.
En la audiencia virtual del día de hoy, el Magistrado Luis Felipe Esperón Villanueva, quien fungió como ponente en esta ocasión, explicó que, luego de valorar el caso, determinó que el Tribunal de Enjuiciamiento sí valoró de manera lógica las pruebas desahogadas en el desarrollo del juicio oral y que no existe duda sobre el delito y la responsabilidad del sentenciado, ya que el dicho de la hoy víctima tiene un valor preponderante, además de que se armonizó con otros medios de prueba desahogados en el juicio oral y se juzgó con base en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Belém Do Pará).
La modificación a la sentencia fue únicamente en cuanto a la individualización de sanciones, es decir, cuánto será el tiempo que el hoy sentenciado permanecerá en prisión que será de 13 años 5 meses, también la sala lo sentenció al pago de 550 veces la Unidad de Medida y Actualización, la suspensión de sus derechos políticos y la amonestación a efecto de no volver a reincidir; asimismo se le condenó al pago de la reparación del daño en cuanto a la terapia psicológica que requerirá la hoy víctima.
Los hechos que dieron origen a este caso ocurrieron de la siguiente manera:
“Que el día 2 de agosto de 2019, aproximadamente a las 18:10 horas, el hoy acusado ejerció violencia física y moral en contra de la hoy víctima, quien pudo salir del predio ubicado en Kanasín, Yucatán y encontró a elementos policiales a quienes les narró que la persona que salió corriendo del predio momento antes la había golpeado y amenazado con matarla, ya que abrió el tanque de gas para que simulara un accidente.”