El Juez de Control del Cuarto Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, José Enrique Sáenz Dzul, dictó, por medio de un procedimiento abreviado, fallo condenatorio a una persona por su responsabilidad en la comisión del delito de homicidio calificado y le impuso una pena privativa de libertad de 20 años.
A solicitud de los fiscales, el juzgador impuso al acusado dicha pena privativa de libertad, la amonestación pública, la suspensión de sus derechos políticos y la prohibición de acercarse a la víctima indirecta después de cumplir con dicha condena, asimismo, le negó beneficios sustitutivos de prisión.
El Procedimiento Abreviado es una forma de terminación anticipada del proceso penal y está previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) bajo una serie de requisitos que el juez debe verificar para ser aprobado.
La acusación expuesta por los representantes de la Fiscalía Estatal en la audiencia realizada ayer fue la siguiente:
“Que el día 28 de octubre de 2020, entre las 16:00 y las 18:00 horas, el hoy acusado, en compañía de otras personas del sexo masculino, citaron a la hoy víctima directa en un predio de la colonia Piedra de Agua, de Umán, Yucatán, en ese lugar sometieron a la hoy víctima y le ocasionaron lesiones que a la postre le causaron la muerte”.
El Juez Sáenz Dzul corroboró que se cumplieron los requisitos que la ley exige para llevar a cabo el procedimiento abreviado y que los datos de prueba que presentó la Fiscalía fueron suficientes, útiles y pertinentes para determinar un fallo condenatorio y la sentencia impuesta.