El Máximo Tribunal concedió los recursos contra el Poder Legislativo local por votar en secreto contra el matrimonio igualitario
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la tarde de hoy miércoles dos amparos en contra del Congreso del Estado por haber votado de forma secreta y antidemocrática en 2019 en contra de las iniciativas de ley para reconocer el matrimonio igualitario.
Mediante un comunicado, el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán recordó que en conjunto con Artículo 19 México, Equipo Indignación y la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa (Unasse, A.C.) promovieron dos amparos bajo los expedientes 25/2021 y 27/2021, en el que destacaron la ilegalidad del método de votación secreta, dado que este era inconstitucional por violar los derechos a la transparencia activa y participación política en asuntos públicos.
Los amparos, añadió el boletín, se turnaron a las ponencias de los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz mismos que elaboraron sendas propuestas favorables a las personas quejosas, mismas que esta tarde fueron aprobadas por unanimidad por la Primera Sala del Máximo Tribunal.
Por otra parte, ambas sentencias señalaron que “la imposición de una votación por cédulas secretas, con el objetivo de permitir el matrimonio igualitario en la entidad, transgredió claramente los principios de legalidad y seguridad jurídicas, por contravenir la legislación orgánica y reglamentaria del propio Congreso del Estado de Yucatán, generándose a su vez una violación a los derechos a la libertad de expresión, acceso a la información y participación activa en los asuntos públicos del Estado de las y los quejosos”.
Los activistas señalaron que ambas sentencias resultan fundamentales dado que en principio exhiben el actuar antidemocrático de la actual legislatura y garantizan los derechos políticos y de libertad de expresión de la ciudadanía yucateca, pero además resultan en un precedente importante que resalta la obligación de los congresos del país de legislar bajo parámetros democráticos y de transparencia.
Ambas sentencias, insistieron, son un parámetro y una advertencia para la legislatura entrante de que en los procedimientos legislativos se debe ceñir a los derechos humanos reconocidos.