No existieron elementos de prueba suficientes para determinar que los acusados cometieron los tres delitos
Tras una audiencia –que duró siete horas en la sala 4 del Centro de Justicia Oral de Mérida–, el juez de Control del Primer Distrito Judicial, Rómulo Bonilla Castañeda, decidió no vincular a proceso a los cuatro policías acusados de provocar la muerte de José Eduardo “El Güero” Echavarría.
La Fiscalía General del Estado (FGE) ñ, informó, no aportó los elementos suficientes para inculpar a los elementos.
Si bien quedaron acreditados los delitos, no existieron elementos de prueba suficientes para determinar que las personas presentadas tienen relación con la comisión de los mismos, añadió.
Entre las pruebas presentadas por la defensa varios vídeos con el propósito de sustentar su teoría del caso, mismos que fueron debatidos entre esta, los fiscales y asesor jurídico y que finalmente fueron admitidos por el Juez de Control.
Ante las partes, el juez expuso las razones que lo llevaron a determinar el auto de no vinculación, apegado a lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales y la propia Constitución Federal y con base en lo que fue presentado en la audiencia y debatido entre estas.
El juez entró al análisis de fondo y determinó los hechos. Los datos sí establecen la existencia de los tres delitos y su comisión en pandilla, señaló.
Todo lo anterior, fue con base en los datos presentados y la narración de los hechos realizada por la propia víctima directa ante el Ministerio Público, donde hace una relación de hechos y menciona que agentes policiacos, además de causarle lesiones, le produjeron sufrimiento. Asimismo, se tomó en cuenta la valoración del perito médico forense del 3 de agosto de 2021 plasmada en protocolo de necropsia y con la nota médica remitida por el hospital Agustín O´Horán. Igualmente consta la tortura agravada y violación en exámenes proctológicos.
Los datos de prueba establecieron la detención de la hoy víctima el 21 de julio a las 10:30 horas, luego de la llamada de una persona que refirió que el joven le arrojó una piedra, lo que dio origen a la detención esto en la calle 69 por 62 y 64 del Centro.
Luego, en los siguientes cuatro minutos, se le trasladó a la cárcel municipal.
Sin embargo, las circunstancias de detención que narra la víctima no son coincidentes con el dato de prueba.
«No hay duda de que fue detenido por agentes municipales, que ubican a los cuatro imputados en esa intervención, esas circunstancias no las paso por alto», precisó el Juez.
Se informó que el auto de no vinculación a proceso no impide que la FGE continúe con la investigación para el esclarecimiento de los hechos. Así lo informó el juez a la víctima indirecta presente en la audiencia.