Los morenistas Jorge Luis Sánchez Reyes “El Gallo” y Jazmín Villanueva Moo, de la coalición “Sigamos Haciendo Historia”, conservaron sus candidaturas para las diputaciones federales dos y cinco respectivamente, porque el Pleno de la Sala Regional de Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró como insuficientes los agravios presentados por pobladores mayahablantes en diversos Juicios Ciudadanos de los Derechos Político-Electorales (JDC).
También se declararon infundados los agravios presentados por el PRD y el PRI en los Recursos de Apelación de los expedientes SX-RAP-45/2024 y SX-RAP-54/2024, con los que se pretendía revertir la candidatura por medio de reelección como senador de Jorge Carlos Ramírez Marín, quien ahora compite por la coalición Sigamos Haciendo Historia (Morena, PVEM y PT).
En el caso de Jazmín Villanueva, el proyecto de sentencia estuvo a cargo de la magistrada presidenta Eva Barrientos Zepeda y correspondió al expediente número SX-JDC-167/2024, por medio del cual se confirmó el acuerdo 233/2024 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que se aprobaron los registros de las candidaturas a diputaciones federales.
De acuerdo con lo explicado, el JDC fue promovido por una ciudadana llamada María Pilar Villarreal Ramírez, en su calidad de pobladora maya, quien aseguró que el INE no realizó un estudio exhaustivo sobre la postulación de la también congresista local, pues según indicó, no cumple con el requisito de autoadscripción calificada bajo la acción afirmativa indígena.
Sin embargo, en la sentencia se explicó que la candidata de Morena, PVEM y PT presentó constancias que demostraron que cumplió con más tres requisitos de los Lineamientos del INE, como el hecho de que nació y vive en el municipio maya de Umán, habla la lengua maya y trabaja activamente para la comunidad indígena.
De igual manera, se entrevistó a los presidentes de los comisariados ejidales de San Antonio Chum y Oxcúm de Umán, quienes confirmaron la autenticidad de las constancias presentadas por la candidata para acreditar su autoadscripción calificada indígena.
En la sesión pública, que tardó más de una hora en iniciar, se retiraron del orden del día varios juicios en contra de los panistas Esteban Abraham Macari y Julián Zacarías Curi, así como de Kathia Bolio Pinelo, ya que llegaron más impugnaciones sobre estos mismos asuntos y se acordó acumular los expedientes para discutirlos posteriormente.
Con respecto a “El Gallo”, el proyecto de sentencia estuvo a cargo del togado Enrique Figueroa Ávila, en los que se analizaron los JDC marcados con los números 164, 165, 166, 170 y 171, promovidos por los pobladores Juan Alberto Baas Tec, Jhordin Everlin Chi Ic, María Valentina Cauich Mazúm, Hilda Díaz Caballero y Alejandra Asunción Pérez Trujeque.
Los quejosos también quisieron revertir el mencionado acuerdo del INE, al argumentar que el candidato no cumple con el criterio de autoadscripción calificada porque únicamente lo pretendió acreditar con una constancia emitida por el comisariado municipal de Motul, además de que nació en Tabasco y no tiene vínculo comunitario en esa localidad.
Sin embargo, el proyecto planteó que al hacerse el análisis del expediente del INE y de las circunstancias jurídicas, se advierte que la constancia del comisariado reconoce al Sánchez Reyes por su vínculo y apoyo permanente a la comunidad indígena desde hace un año, además de que promueve y defiende sus derechos agrarios a través de orientación jurídica, entre otras.
De igual manera, su credencial para votar corresponde a su domicilio en Motul y que ha demostrado su compromiso con esa comunidad. Es decir, el morenista sí cumple con la autoadscripción calificada y por lo tanto se confirma el acuerdo del INE controvertido.
En lo referente al “Gordito Marín”, los promoventes expusieron que el candidato al Senado no cumple con el requisito de elegibilidad, pues está siendo postulado para su reelección por una fuerza política diferente al que lo postuló en 2018 y que debió renunciar al PRI por lo menos a la mitad de su mandato antes de esa candidatura.
La Sala Regional de Xalapa determinó que se trata de una premisa incorrecta, pues recordó que Ramírez Marín fue postulado al Senado hace seis años por la coalición “Todos por México”, a la cual pertenecía el PVEM, y que la Constitución General establece que puede ser postulado por cualquier partido al que pertenecía en la candidatura previa.
En ese sentido, el PVEM ahora forma parte de la coalición Sigamos Haciendo Historia, por lo que sí cumple con el requisito de elegibilidad y por lo tanto se confirma el acuerdo del INE.