El gobernador Mauricio Vila Dosal tiene un plazo de 10 días para separarse del cargo para que pueda conservar su candidatura al Senado de la República por la representación proporcional de la Lista Nacional del PAN, de acuerdo con la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La magistrada presidenta Mónica Soto Fregoso precisó que el mandatario estatal debe conservar el registro como candidato de Acción Nacional, pero está condicionada a que se separe del cargo de manera inmediata; tras analizar el Juicio de Protección de los Derechos Políticos-Electorales (JDC), marcado en el expediente 480/2024, promovido por el ciudadano Juan Morales de la Rosa, quien argumentó omisión por parte de Vila Dosal de no solicitar la licencia pese a la postulación.
De acuerdo con el proyecto de la sentencia, aprobado por mayoría de tres magistrados, se declaró fundada la omisión, ya que artículo 55 fracción IV de la Constitución Mexicana establece quienes ocupan un mando policía o de gendarmería rural deben separarse del cargo 90 días antes de la elección.
Por tal razón, se planteó que se ordene a Vila Dosal proceda conforme a los efectos indicados en la sentencia, es decir, que solicite licencia en los próximos 10 días.
Al discutirse el proyecto, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón advirtió que la persona que promovió el juicio contra Vila carecía de interés jurídico y legítimo para hacerlo, pero reconoció que la Constitución mandata que en este tipo de casos sí tienen que separarse del cargo, como sucedió con el gobernador de Morelos con licencia, Cuauhtémoc Blanco, cuyo Recurso de Apelación 90 fue analizado en esa misma sala.
De igual manera, la magistrada Janine Otalora Malassis mencionó que el ciudadano no tiene interés legítimo para impugnar la mencionada omisión, por lo que la demanda debería ser rechazada.
Entre sus argumentos, explicó que el demandante indicó que es residente de Yucatán, pero en el escrito de demanda que firmó, se advierte que su credencial de elector es del Estado de México. En ese sentido ambos magistrados votaron en contra del proyecto