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La postulación igualitaria de hombres y mujeres es una obligación constitucional que deberán cumplir todos los partidos políticos
Los partidos políticos tienen que postular, igualitariamente, hombres y mujeres, así como cumplir con la paridad, porque es una obligación constitucional y quienes no lo hagan, no podrán registrar a sus candidatos, advirtió Alejandra Pacheco Puente, consejera electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac).
Desde el pasado 18 de febrero, los 106 consejos municipales y los 21 consejos distritales comenzaron a verificar que los partidos cumplan con la ley. “Aproximadamente, el miércoles 28, el Consejo General del Iepac estaría aprobando las candidaturas porque en marzo comienza las campañas para la gubernatura y en abril para el resto de los otros cargos a elección popular”, señaló la consejera presidenta de la Comisión de Paridad de Género e Igualdad de los Derechos Político-Electorales del Instituto.
Precisó: “Hay un tiempo de prevención que marca la ley, se les avisa a los partidos. Si detectamos que en el registro no cumple con la paridad, se le notifica que haga la sustitución de candidatura y quede aprobado el registro. No es una cuestión sancionadora y bajar candidaturas, queremos cumplimiento de la ley, efectividad y que lleguen las mujeres a los cargos”.
“Paridad no significa que sea 50% hombres y 50% mujeres, sino se trata de un piso mínimo para que se den acciones necesarias y las mujeres alcancen la paridad sustantiva. Es decir, la verdad posición igualitaria con los hombres en los cargos públicos y en el sentido de gobernar al número de la población igualitaria”, acotó la maestra Pacheco Puente.
Los partidos políticos deberán cumplir con postular candidaturas paritarias de hombres y mujeres en cada uno de los tres bloques clasificados en alta, media y baja competitividad. “Antes, posicionaban a las mujeres en lugares, de manera natural, esperaban que perdiera y ahora tienen que establecer la posibilidad que las mujeres puedan ganarlos”, dijo.
Adicionalmente, está el tema de los 30 municipios más poblados. “En asuntos de efectividad importa dónde gobiernas y a cuanta población gobiernas, la cantidad de recursos para que el ámbito de gobernanza tenga mayores impactos. Eso no es porque un municipio sea más importante que otro, sino por la efectividad en los cargos y lo contempla la ley. También se contemplan a los 24 municipios, donde históricamente nunca ha gobernado una mujer”, señaló.
Por cierto, Mérida queda fuera de la ecuación al ser el municipio que concentra la mayor cantidad de población de Yucatán, es decir, el 43%. “La capital yucateca no se considera que te da acceso a mayor gobernanza de población, porque independientemente si es hombre o mujer, ya gobierna una mayor cantidad de habitantes del Estado. La paridad sustantiva comienza a contarse a partir de Kanasín”.
“El hecho que haya postulaciones paritarias, no significa que las mujeres lleguen a los cargos de manera efectiva, a menos que como sociedad nos concienticemos y votemos por las candidaturas de mujeres y reconozcamos que ellas no tienen que demostrar ser mejor, ser competentes o ser capaces.
“Hombres y mujeres tenemos las mismas capacidades e, incluso, hombres y mujeres podemos tener las mismas incongruencias para ejercer el cargo. Lo importante es que hombres y mujeres de participar en condiciones igualitarias, no violentas y sin que se nos exija demostrar que podemos y queremos, cuando evidentemente podemos al igual que los hombres”, concluyó.