En un procedimiento de juicio abreviado A.G.Y.T. fue declarado penalmente responsable del delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar y sentenciado a un año, cuatro meses y 15 días de prisión, por no pagar la pensión alimenticia de sus dos hijos menores de edad.
La Fiscalía General del Estado (FGE), tras contar con la anuencia de las partes, expuso los datos y elementos de prueba que permitieron a la Juez Segunda de Control del Primer Distrito Judicial, declarar el fallo condenatorio y otorgar, además de la pena de prisión, el pago de 42 días multa por su responsabilidad en los hechos denunciados.
Durante la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, además de las penas mencionadas, la autoridad judicial sentenció al acusado al pago de la pensión no proporcionada, fue amonestado públicamente y le fueron suspendidos sus derechos políticos.
Los hechos de la causa penal 295/2022, señalan que el sentenciado y la denunciante estuvieron casados y procrearon a dos hijos, pero tras la disolución del matrimonio, se condenó al acusado al pago de mil 200 pesos mensuales por concepto de pensión alimenticia, pero no cumplió y fue denunciado penalmente.
Por último, antes de concluir la audiencia, las partes involucradas estuvieron de acuerdo en dispensar la audiencia de lectura y explicación de sentencia, por lo que quedan en firme las penas mencionadas.