Después de que las partes involucradas acordaron la celebración de un procedimiento abreviado, la Fiscalía General del Estado (FGE) aportó los datos y elementos de prueba pertinentes para que A.M.T.C. fuera declarado penalmente responsable de los delitos de violencia familiar y violación de las medidas de protección, por lo que fue sentenciado a tres años y tres meses de prisión por los hechos ocurridos en la localidad de Oxkutzcab.
Además de la pena de prisión, el acusado recibió amonestación pública, se le suspendieron sus derechos políticos y se le prohíbe acercarse a la víctima por tres años, temporalidad que empezará a contar a partir de que haya compurgado su pena privativa en prisión.
En la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Tekax, los fiscales de litigación aportaron los datos reunidos en la causa penal 83/2021, los cuales fueron suficientemente probatorios para que el Juez Primero de Control del Tercer Distrito declara el fallo condenatorio, al comprobarse la responsabilidad penal del acusado en los hechos registrados en la colonia La Ermita de Oxkutzcab, en agravio de su ex pareja sentimental el 30 de octubre de 2021.
Cabe destacar, que el día de los hechos, el imputado se apersonó al predio que habita su ex pareja junto con su hijo y tras forzar una puerta, ingresó al domicilio, por lo que la mujer solicitó el auxilio policiaco, pues cuenta con unas medidas de protección previamente otorgadas a su favor, de las cuales estaba enterado el encausado, quien hizo caso omiso de las mismas, por lo que fue detenido y turnado a la cárcel pública.